A- de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Claimant Empresa Nacional Promotora De Desarrollo Territorial Fonade·Respondent Fuducoldex Sa
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Controversias contractuales y extracontractuales con entidades públicas del sector financiero, siempre que la actividad corresponda al giro ordinario de sus negocios
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de Jurisdicciones suscitado entre la Sección Tercer del Juzgado Sesenta y Cuatro Administrativo del Circuito de Bogotá y el Juzgado Veintitrés Civil del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda verbal de mayor cuantía que interpuso ENTerritorio (antiguo FONADE) en contra de FIDUCOLDEX, entidad encargada de administrar el patrimonio autónomo de FONTUR.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, se aplicó la regla de decisión de los Autos 836 y 867 de 2021 en virtud de la cual se estableció que la Jurisdicción Ordinaria, en su especialidad civil, es competente para conocer las demandas que recaigan sobre las actividades de las sociedades de economía mixta de carácter financiero, siempre que dichas actividades hubieren hecho parte del “giro ordinario de sus negocios”, según lo dispuesto en los artículos 15 del Código General del Proceso y 105 de la Ley 1437 de 2011.
Con base en lo anterior se remitió el expediente al l Juzgado Veintitrés Civil del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique esta providencia a los interesados.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones entre el Juzgado Sesenta y Cuatro Administrativo de Bogotá y el Juzgado Veintitrés Civil del Circuito de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Veintitrés Civil del Circuito de Bogotá es la autoridad competente para conocer del asunto.
- SEGUNDO. Por medio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-2641 al Juzgado Veintitrés Civil del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique esta providencia.
- TERCERO. COMPULSAR COPIAS del expediente a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá, para que en el marco de sus competencias adelante las acciones pertinentes.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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